El 18/10/2013 por DS 011-2013-SA se aprobaron
los perfiles para acceder al bono por Atención primaria, esta valorización
priorizada por Atención Primaria de Salud para los establecimientos de salud
I-1 al I-4 está sujeta condicionamientos excesivos como por Ej.: estar
inscritos en el "Programa Nacional de Formación en Salud Familiar y
Comunitaria" - PROFAM, al cual deberán concluir satisfactoriamente a
efectos de garantizar la continuidad de la percepción de la valorización por
APS, al término del PROFAM los servidores se deben comprometer a desarrollar
actividades asistenciales en el primer nivel de atención categoría 1-1 al
1-4 del Ministerio de Salud o Gobiernos
Regionales por un periodo equivalente al doble de su duración. Adicionalmente,
este dispositivo señala que los
profesionales de la salud comprendidos en el PROFAM devolverán la totalidad del
monto percibido por concepto de la valorización priorizada por atención
primaria de salud, en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Obtener nota desaprobatoria al
término del primer trimestre del PROFAM.
b) Obtener nota desaprobatoria al
término del PROFAM.
c) Proceder a retirarse del
PROFAM.
d) No cumplir con desarrollar las actividades
asistenciales señaladas en el párrafo anterior, por un periodo equivalente al
doble de la duración del PROFAM una vez concluido el mismo. (es decir que si la
capacitación dura 2 a 3 años, el personal tendrá inamovilidad en 6 a 9 años,
inhabilitando en la práctica a los médicos para hacer residentado, o acceder a
cargos de confianza)
Por los condicionamientos expuestos, el
acceso al Bono por atención Primaria termina generando una gran deuda potencial para el servidor que si
por alguna razón de fuerza mayor, años después se viera obligado a dejar de
laborar en el primer nivel de atención, tendría que desembolsar todo el dinero
que recibió año a año por este concepto.
En un país como el Perú que es el segundo país
más inseguro de América[1],
el que tiene la radiación UV más alta del mundo[2],
obligar a los servidores a salir obligatoria y multianualmente a realizar actividades
extramurales en las localidades de mayor pobreza de sus respectivas
jurisdicciones, localidades en las que por su bajo nivel socioeconómico campea
la delincuencia, por un monto condicionado que oscila entre S/. 300 - 450,
resulta insuficiente dada la exposición al peligro y al grave perjuicio que
ocasionaría la radiación UV en la salud del servidor.
En relación a la implementación de la entrega
económica por atención primaria de salud, no se han beneficiado a todos los
servidores, porque se ha utilizado el método del “goteo”, es decir se efectúa de manera
progresiva, el MINSA otorga este bono en los años 2013 y 2014, a solo al 20% de
los profesionales de la salud de los establecimientos del primer nivel atención
categoría 1-1 al 1-4. A partir del año 2015, la implementación del 80% restante
se efectuará de manera progresiva en cuatro tramos al 20%[3].
Este decreto supremo fue utilizado también por
el gobierno como prueba instrumental para abstenerse a negociar durante la
Huelga Médica Nacional 2014 el pliego de reclamos de la Federación Médica
Peruana, argumentando que no se puede negociar una nueva Acta de compromiso si
no se ha concluido con la implementación de los Acuerdos del Acta del 2013.
Fuente: Gibaja Zapata C.. (2014) “La Reforma de Salud en el Gobierno de Ollanta Humala (2013-2014)” pp.34 disponible en: http://www.slideshare.net/carlos4444gibaja/la-reforma-de-salud-en-el-per-anlisis-crtico
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